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Q18 y Q19: referenciales APSAD para la seguridad eléctrica — KYTOM
Equipo Asesoramiento

Q18 y Q19: referenciales APSAD para la seguridad eléctrica

Q18: verificación visual y funcional de las instalaciones eléctricas

Q18 no es una obligación legal, es una palanca contractual: numerosos arrendadores exigen uno actualizado en la renovación del contrato de arrendamiento, mucho más allá de los artículos R4226-1 y siguientes del Código de Trabajo francés. Q18 organiza la verificación anual de las instalaciones eléctricas con un informe estructurado en 6 elementos obligatorios. Q19 se centra en los cuadros eléctricos mediante termografía infrarroja, para detectar los sobrecalentamientos precursores de arcos. Estos 2 referenciales CNPP, a menudo presentados como técnicos, son en realidad activos de negociación inmobiliaria y aseguradora para directores financieros, Asset Managers y direcciones inmobiliarias.

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El referencial Q18 del CNPP (Centre National de Prévention et de Protection) tiene por objeto la verificación anual del riesgo de incendio y explosión de origen eléctrico en todas las instalaciones de un establecimiento del sector terciario. El informe Q18 integra 6 elementos obligatorios:

  • peligros de incendio o explosión identificados;
  • grado de novedad de cada peligro;
  • tratamiento de las observaciones de la verificación anterior;
  • evaluación del factor de riesgo de incendio y explosión;
  • informe sobre la evolución de la instalación;
  • condiciones de la inspección.

Q19 se centra en los cuadros eléctricos mediante termografía infrarroja, para revelar los sobrecalentamientos anormales precursores de arcos. Los 2 certificados los emite una oficina de control homologada por el CNPP. El dispositivo Q18-Q19 se distingue de 2 obligaciones del Código de Trabajo (Título II, empleador): la verificación periódica de las instalaciones eléctricas, centrada en la electrización del personal, y la verificación inicial antes de la puesta en servicio prevista por el artículo R4226-1.

Nuestra lectura difiere de la presentación habitual de la profesión: Q18 y Q19 no son obligaciones reglamentarias en sentido estricto, son referenciales privativos del CNPP. Confundir ambos lleva a ciertos explotadores a considerar Q18 como redundante con la verificación R4226-1, cuando los 2 dispositivos tienen finalidades distintas (electrización del personal para el Código de Trabajo, riesgo de incendio para Q18). En nuestra cartera reciente, los arrendadores exigen con frecuencia un Q18 actualizado en el momento de la renovación del contrato de arrendamiento, en particular en los centros de datos internos y las plantas superiores a 500 m². Esta práctica se observa en los intercambios en la comisión ARSEG de facility management, sin que dispongamos de una estadística pública cifrada.

¿Es obligatorio Q18 para un establecimiento del sector terciario?

Q18 no es una obligación reglamentaria en el sentido del Código de Trabajo: es un referencial privativo del CNPP. La obligación legal se basa en el artículo R4226-1 (verificación inicial) y en la verificación periódica de las instalaciones eléctricas. Q18 pasa a ser contractualmente obligatorio en cuanto el contrato de arrendamiento o el contrato de seguro lo impone, una exigencia frecuente en las renovaciones de contratos de arrendamiento.

05 — Inspiraciones

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